IMPORTANTE:
Si no cuentas con un Sistema de Remuneraciones, donde éstas modificaciones en la mayoría de los casos se realizan a través de actualizaciones de sus plataformas, se debe considerar que:
El pasado 10 de enero la Superintendencia de Pensiones publicó las resoluciones exentas 10 y 11 de 2020 con los nuevos topes imponibles, que se reajustan un 1,2% con respecto a los de 2019, por lo que, se deben considerar estos nuevos montos para el cálculo de las remuneraciones a partir de Enero 2020:
Es importante recordar también, que a contar de ENERO 2020 la LEY SANNA sufre una modificación, quedando en 0.03%.
Por último considerar, en ENERO 2020, también algunas empresas sufrirán una modificación en la TASA DE SINIESTRALIDAD, cuyas notificaciones se realizaron con antelación a través de una carta emanada de la mutualidad correspondiente en cada caso.
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