MODIFICACIONES A LA LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO

LEY CORTA N° 21.232
22 de junio de 2020 por
MODIFICACIONES A LA LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO
Dorca Gomez

El 1 de junio de 2020 se publicó en el diario oficial la ley n° 21.232, denominada "ley corta", que modifica e incorpora a la actual Ley de Protección al Empleo n° 21.227, que faculta el acceso a las prestaciones del Seguro de Desempleo de la Ley n° 19.728.


¿Cuáles son los mayores cambios para los trabajadores?

  1. Contempla la incorporación de los trabajadores de casa particular, para acogerse  a la Ley de Protección al Empleo. Por lo que, trabajadores de casa particular cuyos empleadores hayan paralizado sus actividades entre el 18 de marzo de 2020 y el 06 de abril de 2020 pueden acogerse a la suspensión por pacto. 

  2. No se pueden despedir a trabajadores cuyos contratos estén suspendidos. 

  3. No se puede pactar la suspensión con trabajadores que se encuentren con fuero maternal. 

  4. Se pueden pactar la suspensión del contrato con trabajadores de empresas esenciales, siempre que sus funciones no sean necesarias para mantener la continuidad de la operación de la empresa.

  5. Se establecen modificaciones en el cálculo del pago de las cotizaciones previsionales para aquellos trabajadores que se encuentren bajo el Pacto de Suspensión de Contrato: 

    1. Las cotizaciones previsionales de AFP, se cancelarán sobre la base del 100% de la prestación que se reciba de la AFC. 

    2. Las cotizaciones de salud, cesantía y Ley Sanna, se pagarán en base a la última remuneración mensual percibida por el trabajador



¿Cuáles son los mayores cambios para los empleadores?

  1. Se incluye parámetro objetivo para determinar el estado de afectación parcial de la actividad de la empresa. 

  2. Se agregan causales para pactar la reducción temporal. 

  3. Se prohíbe repartir dividendos en sociedad anónima durante el ejercicio comercial en que tengan contratos suspendidos. 

  4. Se limitan dietas de directores de sociedades anónimas

 


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